Dicasterium de cultu divino et Disciplina sacramentorum
Habiendo recibido algunas peticiones para que sea clarificada la cuestión sobre el traslado del precepto en el caso de que un día festivo de precepto tenga que ser trasladado, el Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, habiendo consultado el Dicasterio para los Textos Legislativos, con la presente Nota precisa cuanto sigue.
Prot. 51/25
Ciudad del Vaticano, 23 de enero de 2025
Nota
sobre el precepto en caso de traslado del día festivo a causa de la occurrentia festorum
1. La coexistencia, en el Año litúrgico, del ciclo semanal, de los tiempos y días festivos y feriales móviles (por su relación con la Pascua), y de días (festivos y feriales) que se celebran en fecha fija, sea en el Calendario universal como en los particulares, origina el fenómeno de la occurrentia festorum, es decir, la coincidencia de dos días de fiesta en la misma fecha del calendario.